SANCIONES POR NO DECLARAR RENTA A TIEMPO

Si usted no ha declarado renta cerciórese de la fecha en que debe hacerlo, en caso de que ya el plazo haya caducado, tenga en cuenta que la DIAN tiene diferentes sanciones para quienes olvidaron cumplir con este trámite.

OMISIÓN: Aquellas personas quienes debían declarar y no lo hicieron incurrirán en omisión. En este sentido la administración tributaria tiene hasta 5 años para practicarle una declaración aforo, es decir, una liquidación que realiza la entidad  para determinar la obligación tributaria del contribuyente.

Sumado a esto, la multa por no haberlo hecho  que para el impuesto de renta, la sanción equivale al mayor valor entre el 20% de los ingresos brutos que haya tenido o los ingresos brutos de la última declaración de renta que haya presentado a la administración.

Por otro lado si la omisión es por IVA, la sanción es el 10% de los ingresos brutos de la última declaración presentada, al igual que en el impuesto de retención, mientras que en el impuesto de timbre es del 5%.

RETRASO: De no cumplirse con el trámite en las fechas establecidas la sanción será por extemporaneidad. Lo que representa que debe pagar el 5% del impuesto a cargo que resulte de cada mes o fracción calendario.

Verifique las fechas en que usted debe cumplir con esta obligación, en caso de que deba hacerlo. Recuerde que presentar la declaración de renta no significa pagar.

 

Total Datos – Casa de Cobranzas y Recuperacion de Cartera – Aval de Cheques

 

 

 

 

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